La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, debido a que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
“La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conoció de un asunto en el que una asociación civil impugnó el sistema jurídico del Código Penal Federal que criminaliza el aborto y al personal médico que lo práctica, por atentar contra el derecho de las mujeres y las personas con capacidad de gestar a decidir interrumpir o continuar un embarazo, lo que, a su vez, considera que vulnera los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la igualdad y no discriminación y a la autonomía reproductiva.
El Juez de Distrito consideró que la asociación civil carecía de interés legítimo para promover el juicio. Esta decisión fue combatida por la organización civil a través de un recurso de revisión. El Tribunal Colegiado revocó esa decisión tras reconocer que la quejosa sí contaba con interés para controvertir las normas impugnadas, ya que la defensa de los derechos sexuales y reproductivos formaba parte de su objeto social, por lo que reservó jurisdicción a este Máximo Tribunal para que analizara si el delito de aborto voluntario era acorde a los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
Al resolver el asunto, a la luz de las consideraciones sostenidas por el Tribunal Pleno, la Primera Sala concluyó que las normas que penalizan el aborto voluntario, ya sea que otra persona lo practique o que la mujer o persona gestante se lo autoprocure, son inconstitucionales al anular por completo el derecho a decidir.
La Sala sostuvo que la criminalización del aborto constituye un acto de violencia y discriminación por razón de género, ya que perpetúa el estereotipo de que las mujeres y las personas gestantes sólo pueden ejercer libremente su sexualidad para procrear y refuerza el rol de género que impone la maternidad como un destino obligatorio”, señaló.
Fue el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), quien presentó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto.
Dicho amparo fue analizado por la Corte e informó que el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos a nivel federal, por lo que ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se les podrá castigar por realizar abortos, señaló en un comunicado la organización feminista.
Además, señaló que con dicha resolución, el IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquiera institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten; señalando que ningún personal médico podrá ser detenido por brindar dicho servicio de salud.
El sistema jurídico que regula el delito de aborto en el Código Penal Federal es inconstitucional por ser contrario al derecho a decidir de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar: #PrimeraSalaSCJN https://t.co/lb33KngXph pic.twitter.com/SheahahjiW
— Suprema Corte (@SCJN) September 7, 2023