La Cámara de Diputados, en sesión plenaria, ha aprobado de manera unánime una reforma crucial a la Ley General de Salud, enfocada en la regulación del uso de sustancias nocivas con propósitos estéticos.
Con un respaldo unánime de 436 votos a favor provenientes de todos los grupos parlamentarios, se ha dado luz verde a esta importante medida.
La reforma en cuestión prohíbe categóricamente la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes que puedan representar riesgos para la salud estética. Específicamente, la normativa establece la prohibición de sustancias que puedan ser nocivas, tóxicas o peligrosas.
En este sentido, se define claramente a las sustancias modelantes con fines estéticos como aquellas que pretenden modificar o alterar el aspecto físico, incluyendo el adelgazamiento, engrosamiento, aumento de volumen, o la corrección de contornos y proporciones en diversas partes del cuerpo humano, como labios, mejillas, senos, glúteos, entre otros.
La lista de sustancias prohibidas abarca desde silicona líquida hasta aceites minerales, de automóvil o comestibles, así como biopolímeros orgánicos o sintéticos, y cualquier otra sustancia no apta para el uso humano. Se enfatiza que estas sustancias pueden ocasionar daños temporales o permanentes en tejidos, órganos o sistemas del cuerpo humano.
Además, se establece que la aplicación de estas sustancias debe contar con autorización sanitaria y ser realizada exclusivamente por profesionales médicos cualificados. Quienes violen esta disposición enfrentarán penas de cinco a ocho años de prisión.