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Daniel Espinosa Licón
Daniel Espinosa Licón
Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco

¿Qué hacer ante el aseguramiento de vehículos por el Ministerio Público en delitos culposos?

14 noviembre 2024
|
05:00
Actualizada
21:24

El aseguramiento de vehículos es una medida que el agente del Ministerio Público puede ordenar cuando se cometen delitos culposos relacionados con la conducción de vehículos, especialmente en casos de colisiones graves o cuando hay personas heridas. Es común que, al llegar al lugar de los hechos, el Ministerio Público ordene el aseguramiento de los vehículos involucrados. Sin embargo, es importante conocer los límites y requisitos legales que regulan esta acción.

El artículo 239 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que el Ministerio Público debe devolver los vehículos a sus propietarios o poseedores, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. Específicamente, el Ministerio Público debe asegurarse de que:

1. El vehículo no tenga reporte de robo.
2. El vehículo no esté relacionado con otro delito.
3. Se haya dado la oportunidad a las partes involucradas de solicitar y practicar las diligencias necesarias.
4. No exista una oposición fundada para la devolución por parte de terceros o de la aseguradora.

Estos requisitos son fundamentales para proteger los derechos de los propietarios y evitar el abuso de autoridad en el proceso de aseguramiento.
Además, el artículo 240 del mismo código establece que el aseguramiento de un vehículo requiere la autorización de un órgano jurisdiccional. Esto significa que el Ministerio Público no tiene la facultad de ordenar el aseguramiento de un vehículo por sí solo, sino que debe obtener previamente la autorización de un juez.

El Ministerio Público puede ordenar el aseguramiento de un vehículo en el lugar de los hechos de un delito culposo, pero solo bajo ciertas condiciones y con la autorización de un órgano jurisdiccional. Es crucial que la población esté informada de que el Ministerio Público no puede realizar el aseguramiento de un vehículo sin la debida autorización judicial, para así garantizar que se respeten los derechos de los propietarios y se cumpla con el debido proceso legal.

Conocer tus derechos y los pasos a seguir, puede marcar la diferencia en la protección de tu bienestar personal, familiar y económico.

*Las opiniones y contenidos en este texto son responsabilidad total del autor y no de este medio de comunicación.
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