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Mazamitla: Clausuran negocio con fauna Silvestre sin permiso

Por no presentar los documentos que acreditaran la legal procedencia de algunos ejemplares de vida silvestre, clausuran Camino Real del Tigre en Mazamitla.

Mazamitla: Clausuran negocio con fauna Silvestre sin permiso
Clausuran complejo turístico en Mazamitla.
18 diciembre 2024
|
09:37
Actualizada
09:37

Por no presentar los documentos que acreditaran la legal procedencia de algunos ejemplares de vida silvestre ni contar con plan de manejo para diversos ejemplares, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), llevó a cabo la clausura total temporal del PIMVS Camino Real del Tigre, ubicado en Mazamitla Jalisco, además, ordenó el aseguramiento precautorio de diversos ejemplares de vida silvestre.

El operativo se llevó a cabo tras varias denuncias ciudadanas sobre el mal manejo y maltrato animal se visitó este establecimiento.

Inspectoras de la PROFEPA en Jalisco, en coordinación con agentes de seguridad pública, realizaron diligencia de inspección que duró cuatro días, durante la cual revisaron detalladamente el estado de salud de los ejemplares, los documentos con los que se acreditaran su legal procedencia, así como las autorizaciones emitidas por la SEMARNAT.

Para los ejemplares que tenían chip de identificación se realizó la lectura del mismo y se contabilizaron más de 40 ejemplares de vida silvestre, asimismo, se inspeccionó un museo que exhibía ejemplares en taxidermia (disecados).

Debido al incumplimiento del plan de manejo emitido por la SEMARNAT, a la posesión de ejemplares de vida silvestre no enlistadas en el documento exhibido, a la posesión de ejemplares de los cuales no se presentó documentación de legal procedencia, se impuso la medida de seguridad consistente en la clausura total temporal.

El PIMVS no presentó los planes de manejo autorizados para las especies: mapache, guacamaya verde, caracara, loro cachetes amarillos, aguililla cola roja, cocodrilo moreletii, mono araña, mono capuchino, avestruz, jaguar, búfalo de agua, llama, loro nuca amarilla y pitón reticulada.

Tampoco presentó la documentación para acreditar la legal procedencia de: 2 mapaches, 1 mono capuchino, 3 llamas, 2 avestruces y 4 búfalos, ni la legal procedencia de diversos ejemplares disecados.

Por estas irregularidades (falta de documentos que acrediten la legal procedencia o el plan de manejo), la PROFEPA ordenó el aseguramiento precautorio de 34 ejemplares vivos: 2 mapaches (Procyon lotor), 2 guacamayas verdes (Ara militaris), 2 pericos cachetes amarillos (Amazona aumtumnalis), 2 Caracara quebrantahuesos (Caracara cheriway), 1 Aguililla cola roja (Buteo jamaicensis), 1 mono araña (Ateles geoffroyi), 1 mono capuchino cara blanca (Cebus capucinus), 5 león (Panthera leo), 1 lobo (Canis lupus), 3 jaguares (Panthera onca), 3 cocodrilos (Crocodylus moreletii), 4 búfalos de agua (Bubalus bubalis), 2 avestruces (Struthio camelus), 3 llamas (Lama glama), 1 loro nuca amarilla (Amazona auropalliata), 1 Pitón reticulada (Malayopython reticulatus).

También ordenó el aseguramiento de 28 partes o ejemplares de vida silvestre en taxidermia: 1 oso polar, 1 león, 3 venado cola blanca, 1 leona, 1 oso negro, 2 oso café, 1 iguana verde, 1 impala, 1 leopardo, 1 Aligator americano, 2 ciervo rojo, 1 jaguar, 2 puma, 8 venados, 1 jabalí y 1 chacal de lomo negro.

Con el fin de garantizar el bienestar, el trato digno y supervivencia de los animales albergados en el PIMVS “Camino Real del Tigre”, este deberá continuar llevando a cabo diariamente las actividades de alimentación, limpieza y mantenimiento.

Si bien durante los trabajos de inspección no se identificaron animales amarrados ni sedados, se informó a los administradores del predio que los ejemplares no pueden estar encadenados ni sedados y que no pueden realizar actividades no autorizadas en el plan de manejo aprobado por Semarnat.

Así mismo, se le hizo saber al visitado que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 164 segundo párrafo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y 68 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, tiene derecho a formular observaciones y ofrecer pruebas en relación con los hechos u omisiones asentados en el acta, haciendo uso de su derecho dentro de los 5 cinco días siguientes al cierre de la diligencia.

 

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