Hace algunos años publiqué un libro titulado “Ciudadanos a la mitad. Migrantes por doquier”. Fue un texto en el que analizaba con base en mi concepto de “ciudadanía a la mitad” las difíciles condiciones de vida de las personas migrantes en Estados Unidos. La “ciudadanía a la mitad” se materializa por un limitado acceso de muchos “indocumentados” a las dimensiones social, política, cultural, económica y civil de la ciudadanía.
Millones de ellos no gozan de todos los derechos y obligaciones que han alcanzado el resto de las personas en la Unión Americana. Peligrosamente, el eje de la medianía ciudadana no solo se caracteriza a partir de la experiencia de los migrantes “sin papeles”, sino de otros sectores de la población como son mujeres, niños, jóvenes, indígenas, homosexuales, transexuales, transgénero y personas con discapacidad.
El 20 de enero pasado, Donald Trump firmó una orden ejecutiva donde establecía que los nacidos en Estados Unidos cuyos padres y madres no fuesen ciudadanos estadunidenses o residentes legales, no podrían acceder a la ciudadanía de ese país.
La eliminación de la ciudadanía por nacimiento generará una subclase que perpetuará el acceso limitado a los derechos allende el Río Bravo, manteniendo una desventaja social entre ciudadanos reconocidos y ciudadanos a la mitad.
El argumento de Trump se basa en la cláusula “sujeto a la jurisdicción” incluida en la declaración de la Constitución. La Casa Blanca sostiene que los niños nacidos de padres “indocumentados” o de extranjeros que están en Estados Unidos con visas temporales, no están “sujetos a la jurisdicción” del país y, por lo tanto, no son ciudadanos.
Luego de la lucha jurídica en tribunales inferiores para impedir la entrada en vigor de la orden ejecutiva, la Corte Suprema le dio la razón a Trump para volver apátridas a los nacidos en su propia tierra; para ello limitó la capacidad de los demandantes para solicitar órdenes judiciales a nivel nacional que suspendan temporalmente la aplicación de una política por parte del gobierno. La resolución judicial afectará directamente a tres medidas cautelares emitidas por tribunales en Maryland, Massachusetts y el estado de Washington. Éstas habían paralizado por completo la aplicación de la orden mientras se resolvía su legalidad. No obstante, la orden ejecutiva está en pausa al menos por 30 días. La decisión de la Corte Suprema deja abierta la posibilidad de que los grupos que impugnan la política aún puedan obtener remedio a nivel nacional a través de demandas colectivas.
La voluntad de Trump de poner fin a la ciudadanía de nacimiento, un derecho cuya antigüedad es de 160 años y que está garantizado por la Enmienda 14 de la Constitución, se encuentra en el corazón de las políticas antimigratorias del presidente.
Por otro lado, el jefe de la Oficina Oval busca quitarle la ciudadanía a ciertos migrantes naturalizados. Aunque esta posibilidad legal ya existe, Trump busca que sean incluidos delitos civiles como causa para revocar la ciudadanía en una corte civil sin jurado y sin ponerle un abogado al acusado.
Si la ciudadanía a la mitad deja a los migrantes fuera de muchos derechos a pesar de cumplir con sus obligaciones fiscales, por ejemplo, ahora quedarán de plano en la orfandad. Si hace 15 años que estudiaba la ciudadanía a la mitad de los migrantes, me parecía un exceso la discriminación que sufrían, hoy las disposiciones de Donald Trump los lleva de la ciudadanía a la mitad a la ciudadanía de un cuarto.
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