En medio de los diferentes festejos, el mes de septiembre cuenta con un único día de descanso obligatorio.
El mes de septiembre se acerca, y con él llegan festejos, acontecimientos importantes, conmemoraciones y más.
El 1 de septiembre se llevará a cabo el primer informe de gobierno de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, en el que detallará los avances y resultados de su primer año de mandato.
Este evento coincide con un día laboral, por lo que surgieron dudas en la población: ¿es día feriado? ¿Se paga doble? ¿Se suspenden clases?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), esta fecha no se encuentra dentro de los días de descanso obligatorio, por lo que los trabajadores deberán presentarse con normalidad a realizar sus labores.
•13 de septiembre: se conmemora el Día de los Niños Héroes, en honor a su sacrificio durante la Batalla de Chapultepec en 1847. Aunque no es feriado, se recuerda con desfiles y ceremonias cívicas en distintas escuelas y ciudades del país.
•27 de septiembre: se celebra la Consumación de la Independencia, que marca el fin de la guerra independentista.
•30 de septiembre: se conmemora el natalicio de José María Morelos y Pavón, uno de los líderes de la Independencia de México.
El mes de septiembre cuenta con un único día de descanso obligatorio: el 16 de septiembre, Día de la Independencia de México.
•15 de septiembre: se celebra el Grito de Dolores, que da inicio a las fiestas patrias. El o la presidenta recrea el grito de Hidalgo desde Palacio Nacional o la sede de su gobierno, ondea la bandera y se escuchan campanas.
Después, hay celebraciones con fuegos artificiales, música y comida típica.
•16 de septiembre: es día de descanso obligatorio. En caso de que un trabajador deba laborar, la ley establece que debe recibir un pago doble, según el artículo 75 de la LFT. Durante esta fecha se realizan desfiles, actos cívicos y celebraciones en todo el país.
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