En Jalisco operan centros de rehabilitación para personas con problemas de adicciones sin una regulación efectiva ni supervisión suficiente por parte de la autoridad. Una proporción significativa de estos establecimientos funciona sin permisos, sin registro oficial y fuera de cualquier control institucional. Se estima que más del 60% de los llamados “anexos” opera de forma irregular, lo que implica que el Estado no tiene plenamente identificado dónde se ubican, quiénes son responsables de su operación ni en qué condiciones mantienen a las personas internadas.
Los centros que operan dentro del marco legal deben cumplir lineamientos sanitarios, solicitar valoraciones médicas y garantizar condiciones mínimas de atención. Sin embargo, los anexos clandestinos operan sin personal profesional, sin infraestructura adecuada y sin supervisión médica. Existen casos documentados en los que más de 25 o 30 personas permanecen en un solo cuarto, en condiciones de hacinamiento, sin control sanitario ni vigilancia institucional. Esta situación constituye una falla en la función de supervisión del Estado y una omisión en el cumplimiento de sus obligaciones legales.
La Secretaría de Salud Jalisco, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y los gobiernos municipales tienen la atribución legal de verificar el funcionamiento de estos centros. Asimismo, la Fiscalía del Estado tiene la obligación de intervenir cuando existen hechos que puedan constituir delitos. Sin embargo, la falta de un padrón estatal completo y la ausencia de inspecciones sistemáticas han permitido que estos espacios operen al margen de la ley. Esta omisión genera un riesgo directo para las personas internadas, quienes se encuentran en una condición de vulnerabilidad, sin garantías sobre su integridad física ni sobre el respeto a sus derechos.
Existen además reportes que advierten que algunos de estos espacios pueden ser utilizados para actividades ilícitas, incluyendo el reclutamiento de personas. Esto convierte el problema en un asunto que trasciende la salud pública y se transforma también en un tema de seguridad. El Estado tiene la obligación jurídica de regular, supervisar y sancionar. Para ello, es indispensable establecer un padrón obligatorio de centros de rehabilitación, realizar inspecciones permanentes y clausurar los establecimientos que operen fuera del marco legal. Permitir su funcionamiento sin supervisión no es una omisión menor: es tolerar una actividad irregular que pone en riesgo a la población y compromete la responsabilidad institucional.
Esta situación no persiste por falta de normas, sino por falta de aplicación. Las autoridades cuentan con las facultades legales para regular, inspeccionar y sancionar, pero mientras esas facultades no se ejerzan de forma sistemática, estos espacios continuarán operando fuera del marco legal. La supervisión no es una opción, es una obligación. Cuando el Estado no interviene, no elimina el problema, lo deja crecer. Y cada espacio que permanece sin control es una evidencia de que la ley, en los hechos, no se está aplicando plenamente.