El municipio de Bolaños, ubicado en la región Norte del Estado, con una población cercana a los 7000 habitantes de los cuales el 60 por ciento se autoadscribe como indígena, transita hoy por el cambio de régimen de elección de sus autoridades municipales, del sistema de partidos políticos al sistema normativo interno, comúnmente denominado “de usos y costumbres”.
Este cambio ha sido ordenado por una resolución judicial lograda mediante diversos recursos legales promovidos por la comunidad indígena Wixárika, fundados en lo dispuesto por el artículo segundo de la Constitución y acuerdos internacionales que reconocen el derecho de los pueblos originarios a la autonomía y libre determinación.
No obstante, existen otros procedimientos jurídicos promovidos por habitantes de Bolaños que no se autoadscriben como indígenas y que pretenden revertirla. Sin embargo, al carecer legalmente de efectos suspensivos estos juicios, en tanto no se pronuncie la autoridad electoral, habrá el Congreso de Jalisco en su carácter de sujeto obligado en la sentencia, a cumplir con lo que la misma le ordena y que consiste fundamentalmente en la emisión de un Decreto para el cambio de régimen de elección de autoridades y posteriormente la publicación de los lineamientos que organizarán la elección, previamente consultados con las comunidades de Bolaños.
En nuestro país, 570 municipios ubicados en los estados de Oaxaca, Guerrero, Chiapas y Michoacán, ya realizan la elección de sus autoridades municipales conforme a sus regímenes consuetudinarios. Lo anterior no implica que estas comunidades vivan al margen del marco jurídico nacional y local, como si fuesen microestados dentro del gran Estado Mexicano. En ellas se siguen observando las normas constitucionales, secundarias federales y locales, y se respetan los derechos generales, las garantías políticas electorales, los derechos de paridad de género y los demás derechos humanos de las personas.
Únicamente las y los titulares de los gobiernos de sus ayuntamientos surgen de procedimientos diferentes a los “regulares”.
En estos municipios no se postulan candidaturas mediante partidos políticos. En su lugar utilizan métodos contemplados en las prácticas colectivas cotidianas que vienen a ser tan variados como lo son las mismas comunidades; unas eligen formando una fila en torno a la persona que apoyan, en otras por medio de asamblea a mano alzada, algunas preguntan a las y los asistentes la propuesta que respaldan y registran cada voto en un pizarrón. Hay aquellas incluso que, al igual que nosotras y nosotros, emplean la urna.
Bolaños es el primer caso en Jalisco que como decimos, salvo posterior disposición judicial en contrario, andará la ruta del cambio de régimen de elección de autoridades. No hay antecedentes jurídicos al respecto en el Estado; habrá que crearlos. Deberá tomarse en cuenta además que el municipio tiene una población pluricultural y que existen legítimas resistencias a este proceso, como son legítimas las que lo demandan.
Las autoridades debemos valorar también que ha habido en los años que ha llevado esta demanda, diferentes tensiones en la convivencia. Por ello toda autoridad, ejecutiva o legislativa, habrá de conducirse con la mayor responsabilidad. No debe el Poder Ejecutivo hacer, decir u omitir nada sin antes haber pensado en la resonancia que tendrá su actuar en la población de Bolaños; decirles a unos lo que quieren oír es amistar con una parte, pero es enemistarse con otra y abonar así a la discrepancia. El Poder Ejecutivo debe ser imparcial y sumar en favor de la conciliación. Tampoco los partidos políticos representados en el Congreso tenemos margen de error, no debemos buscar que las diferencias partidarias sean dirimidas en el campo de las decisiones que la sentencia instruye al Legislativo, hacerlo sería mezquino e irresponsable.
El Congreso ya aprobó por unanimidad el referido Decreto en la sesión del día 26 de marzo, fecha en que concluía el término legal para hacerlo. Mi humilde reconocimiento a todas y todos los diputados y a sus grupos parlamentarios por ese entendimiento, mérito de todas y todos. Falta ahora consultar a las comunidades en relación con las normas que habrán de regular la elección; todas y todos serán escuchados, atendidos, y lo que abone al entendimiento, al respeto y la inclusión será debidamente tomado en cuenta.
Con la aprobación del Decreto, una parte de la población no indígena ha reiterado su oposición. Hacerlo es su derecho y el mismo deberá respetarse. Sin embargo, exhortamos a toda la población bolañense a que los bienes públicos, privados o comunitarios, en el ejercicio del derecho a la manifestación, sean respetados y muy especialmente debemos evitar que las personas con las que no se coincide, se conviertan en objetos de reclamos que lesionen su dignidad y su integridad.