La Fiscalía General de la República extinguió la acción penal por el descarrilamiento del Tren Interoceánico en Oaxaca tras un acuerdo reparatorio, beneficiando de manera inmediata a 145 víctimas con la reparación del daño, quienes eligieron resolver el caso mediante medidas alternativas.

La Fiscalía General de la República extinguió la acción penal derivada del descarrilamiento del Tren Interoceánico ocurrido en Oaxaca, luego de alcanzar un acuerdo reparatorio con las víctimas.
De acuerdo con la titular de la FGR, Ernestina Godoy, un total de 145 personas —114 adultos y 31 niñas, niños y adolescentes— recibieron de forma inmediata la reparación integral del daño, lo que derivó en la extinción de la acción penal. Las víctimas optaron por concluir el conflicto mediante medidas alternativas.

Las investigaciones de la Fiscalía integraron cuatro carpetas por los delitos de homicidio y lesiones culposas, en las que se acreditó la participación del maquinista, el conductor y el jefe de despacho. Esto permitió la emisión de órdenes de aprehensión, cateos y vinculaciones a proceso. Sin embargo, el acuerdo reparatorio puso fin al procedimiento penal en estos rubros.

Godoy detalló que la institución realizó todos los trabajos necesarios para la investigación. Entre ellos, se revisaron auditorías y expedientes de la Auditoría Superior de la Federación y la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, así como 41 contratos públicos relacionados con la vía y la adquisición de material rodante, sin que se detectaran observaciones de carácter penal.
Los dictámenes periciales corroboraron que la calidad de los elementos de la vía en el punto del siniestro, así como las condiciones de las locomotoras y vagones, cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables. No se encontraron daños o afectaciones previas en los componentes que pudieran haber provocado el descarrilamiento. Tanto la locomotora como los vagones y sus componentes estaban en condiciones normales de uso y cumplían con la normatividad vigente.
Además, se estableció que el maquinista, el conductor y el jefe de despacho conocían sus deberes, contenidos en el Reglamento Interno de Transporte Ferroviario.
La FGR descartó otros posibles delitos. En el caso de daño en bienes, la empresa otorgó el perdón de la parte ofendida. Asimismo, tras realizar los dictámenes periciales correspondientes, se descartó la posibilidad de ataques a las vías de comunicación. También se excluyeron los delitos de uso ilícito de atribuciones y servicio indebido del servicio público.