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29 septiembre 2026

Ayuntamientos y árbitro electoral, gobernabilidad o incomodidad, ¿para quién?

29 septiembre 2026
|
05:00
Actualizada
20:35

El plazo se cumplió y la fecha se llegó. Después de la revocación de las reglas de paridad, la renuncia de una presidencia, la revocación del registro del Partido Humanista, los dos intentos fallidos para nombrar una Secretaría Ejecutiva sin consenso interno, así como las disminuciones de regidurías para integrar ayuntamientos en el 2027. Por fin, después de tantas decisiones cuestionables que vulneraron la confianza de nuestro árbitro electoral (el IEPC), llegó el momento de que el INE nombre a la titular o al titular de la presidencia del órgano garante de los comicios electorales locales.

En estas circunstancias, la persona que ostente la presidencia a partir del 30 de septiembre, llegara cual si fuese bombero para “apagar los fuegos” que, dicho sea de paso, no resultaron de accidentes, sino de voluntades coordinadas en búsqueda de preservar decisiones que “avivaron las llamas”.

Asimismo, en días pasados al seno del Consejo General del IEPC se discutió y se aprobó disminuir las regidurías que integrarían los ayuntamientos a partir del 2027, en concordancia con el Plan B de la reforma electoral impulsada a nivel nacional.

Conforme la literalidad de nuestra Carta Magna, lo correcto es asumir que, Presidencia y Sindicatura de Ayuntamiento no deberían entrar al límite de “hasta 15 regidurías” que fue establecido en el artículo 115 constitucional. Sin embargo, esta palabra “hasta”, precisamente concede margen a las entidades federativas para prescindir de un mayor número regidurías, si lo estiman necesario.

En ese orden de ideas, al haberse discutido, aprobado y sancionado el acuerdo que disminuye cuatro ediles en vez de solo dos en los ayuntamientos más importantes de Jalisco (asumiéndose como sinónimo: edil = regiduría; aunque no lo sean), a la persona que presida durante los próximos siete años el IEPC le tocara sortear las inconformidades respecto este acuerdo, al tiempo de afrontar el gran reto de recuperar la confianza de la ciudadanía en el IEPC. Empero, evitando ser un “árbitro (in)cómodo” para los partidos que se perciban afectados con esa decisión.

Para poner en contexto la situación: disminuir las regidurías es más un tema de austeridad que de gobernabilidad; y se afectan más a quienes tengan más compromisos políticos al momento de ganar la elección.

En otras palabras, la mayoría calificada (para las decisiones más importantes de los ayuntamientos) seguirá requiriendo la convicción de una fuerza opositora; la aprobación de reglamentos (ordenamientos) municipales seguirá necesitándose que haya una mayoría absoluta (mayoría de integrantes del ayuntamiento). Eso siempre ha sido así, y no cambia. Lo que se modificó, es la capacidad de cumplir compromisos y colocación de perfiles.

Así, se desconoce si los ayuntamientos tendrán o no mayor gobernabilidad; e igualmente, se desconoce si el árbitro será incómodo para otros o para sí mismo.

*Las opiniones y contenidos en este texto son responsabilidad total del autor y no de este medio de comunicación.
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